En un nuevo avance hacia un marco de protección de patentes más favorable para la innovación en Argentina, el 19 de junio de 2026 el Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) derogó las directrices de patentabilidad para invenciones biotecnológicas que se encontraban vigentes desde 2015.
Esta medida se suma a la reciente derogación de las directrices restrictivas aplicables a las invenciones farmacéuticas y de una normativa previa que limitaba la revisión de los criterios de patentabilidad para las invenciones biotecnológicas.
Las directrices de 2015 habían introducido diversas restricciones a la protección de invenciones biotecnológicas, consideradas ampliamente incompatibles con los estándares previstos en el ADPIC. Su derogación restablece un régimen más flexible y amplía el alcance de la protección disponible para este tipo de desarrollos.
Entre los cambios más relevantes, cabe destacar que ya no será necesario que las reivindicaciones dirigidas a material genético indiquen expresamente que dicho material se encuentra aislado o que es incapaz de desarrollarse hasta convertirse en un organismo completo, lo que refuerza la patentabilidad de los eventos de transformación bajo la legislación argentina. Asimismo, se elimina la exclusión de patentabilidad de las secuencias de ADN modificadas definidas mediante criterios de similitud estructural o secuencial, y deja de exigirse la presentación de secuencias flanqueantes de al menos 100 pares de bases para las reivindicaciones relativas a eventos de transformación.
Al igual que en la reciente derogación de las directrices farma, esta norma también incorpora una cláusula de safe harbor destinada a proteger a terceros que hayan comercializado productos mientras las directrices de 2015 estuvieron vigentes. En consecuencia, los titulares de patentes concedidas bajo el nuevo marco podrían verse impedidos de obtener medidas para detener la comercialización de productos ya presentes en el mercado o reclamar daños y perjuicios respecto de ellos.
Si bien esta disposición parece orientada a preservar la estabilidad del mercado, su alcance y sus posibles implicancias constitucionales aún generan interrogantes.
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