Criptoembargo: Un Juzgado de la Provincia de Tucumán Dicta un Embargo Preventivo Sobre los Fondos en un Exchange Situado en el Exterior

Criptoembargo: Un Juzgado de la Provincia de Tucumán Dicta un Embargo Preventivo Sobre los Fondos en un Exchange Situado en el Exterior

En el marco de un juicio de ejecución de un pagaré, un juzgado radicado en la Provincia de
Tucumán ordenó un embargo preventivo por la suma total de dólares U$S 6500 sobre las
cuentas a cobrar que tenga el demandado, así como sobre los fondos actuales y futuros que se
liquiden a su favor en una reconocida plataforma de exchange de criptomonedas radicada en
el exterior. Todavía resta por conocer cómo se logrará efectivizar la medida en la práctica,
dada la volatilidad en la fluctuación de las criptomonedas y la imposibilidad de depositar
criptomonedas en una entidad bancaria local.

Ante la masificación de la posesión de activos tokenizados, hay dos cuestiones que comienzan
a quedar en claro:

  • los acreedores recurrirán a estas nuevas herramienta para garantizar el cobro de sus
    créditos,
  • esta clase de tenencias no quedan completamente por fuera de la jurisdicción de los
    Estados, que en paralelo avanzan en su regulación.

El panorama termina de configurarse con los primeros casos de riesgo de quiebra de
exchanges. Tal es la situación de una de las más grandes empresas del rubro en Estados Unidos
-la cual opera también en varios países europeos- que ha informado una compleja situación
financiera en un reporte del mes de mayo. Si bien se trata de un caso aislado, es prudente
recordar que el tratamiento que da la legislación argentina al depósito de bienes fungibles
como las criptomonedas podría implicar la transmisión de su titularidad a la plataforma. 1 Bajo
esta interpretación, los fondos de los usuarios que se encuentran depositados en exchanges
centralizados se podrían considerar como parte del patrimonio de dichas entidades en un
eventual proceso de quiebra, quedándole a los usuarios un simple crédito que debe hacerse
valer en sede judicial junto a tantos otros de igual o mayor prioridad en el pago.

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criptomonedas, NFTs y blockchain, no dude en contactarnos a info@lermanszlak.com.

Luciano N. Gutman y Gabriela Ruth Szlak (C.P.A.C.F. Tº 79 Fº 516)

1 Artículo 1367 del Código Civil y Comercial de la Nación

Sobre Marta Z

Marta works closely with Team Lerman & Szlak, specializing in online content.

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