La Resolución 142/2026 del Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI), publicada el 13 de mayo de 2026, flexibiliza el acceso al mecanismo previsto en la Resolución P-56/2016, estableciéndose que el trámite acelerado de patentes puede pedirse en cualquier etapa del trámite, apuntando así a simplificar y agilizar el trámite de patentamiento en Argentina.
¿Qué cambia con la Resolución 142/2026?
La Resolución P-56/2016 estableció un procedimiento acelerado de patentes (PPH, por sus siglas en inglés) cuando exista una patente equivalente otorgada en el extranjero por una oficina de patentes que realiza un examen sustantivo y aplica criterios de patentabilidad comparables a los de Argentina. En estos casos, el INPI puede considerar cumplidos los requisitos del artículo 4 de la Ley de Patentes Argentina, así como la búsqueda internacional.
Hasta esta modificación, el solicitante solo podía pedir la aplicación del régimen establecido por la Resolución P-56/2016 en solicitudes cuyo examen de fondo no hubiera comenzado. Esa limitación fue expresamente derogada.
En este sentido, el nuevo texto del artículo 5° permite que el solicitante pida voluntariamente la aplicación del régimen en cualquier momento del trámite antes del dictado del acto administrativo de concesión o rechazo de la solicitud.
Para ello continúa siendo necesario acompañar la adecuación de las reivindicaciones nacionales a las concedidas en el extranjero junto con la traducción pública de estas últimas.
La Administración Nacional de Patentes deberá expedirse dentro de los 60 días desde la presentación de la solicitud.
Impacto práctico para titulares de patentes
Esta reforma, que ya se encuentra en vigor, tiene un impacto positivo para los solicitantes de patentes al eliminar la limitación temporal para acceder al trámite acelerado de patentes, lo que busca acelerar la obtención de protección patentaria en Argentina.
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